El uso del ozono como desinfectante, tanto aplicado en agua como en aire, está regulado por la siguiente normativa. Las normas españolas se basan en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y en las Directivas europeas pertinentes.
1. NORMATIVA
Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de febrero de 1998 relativa a la comercialización de biocidas, en cuyo Anexo V se especifica la inclusión del ozono en el Grupo principal 1: desinfectantes y biocidas generales, dentro del Tipo de producto 2: desinfectantes utilizados en los ámbitos de la vida privada y de la salud pública y otros biocidas (PT02), así como en el Tipo de producto 5: Desinfectantes para agua potable (PT05).
Real Decreto 865/2003, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.
NTP 538 del INSHT, legionelosis: medidas de prevención y control en instalaciones de suministro de agua.
Real Decreto 140/2003, de 7 de Febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.
Norma española UNE-EN 1278:1999 de productos químicos utilizados en el tratamiento del agua destinada a consumo humano: Ozono, transposición de la Norma Europea EN 1278 de Septiembre de 1998.
Norma española UNE 400-201-94, recomendaciones de seguridad en generadores de ozono para tratamiento de aire.
Límites de exposición profesional para agentes químicos en España. Página 94.
Real Decreto 168/1985, de 6 de febrero, por el que se aprueba la reglamentación técnico-sanitaria sobre condiciones generales de almacenamiento frigorífico de alimentos y productos alimentarios.
2. PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL USO DEL OZONO ¡Y SUS RESPUESTAS!
¿Está el ozono autorizado por Sanidad?
Como acabamos de exponer en el punto anterior, el uso del ozono como desinfectante de aire está regulado por la Norma española UNE 400-201-94, recomendaciones de seguridad en generadores de ozono para tratamiento de aire, siguiendo las directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS), y su uso como agente potabilizador de agua está contemplado en Norma española UNE-EN 1278:1999 de productos químicos utilizados en el tratamiento del agua destinada a consumo humano: Ozono, transposición de la Norma Europea EN 1278 de Septiembre de 1998, así como en el Real Decreto 140/2003, de 7 de Febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.
Asimismo, el uso de ozono como biocida está autorizado por la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de febrero de 1998 relativa a la comercialización de biocidas, en cuyo Anexo V se especifica su inclusión en el Grupo principal 1: desinfectantes y biocidas generales, dentro del Tipo de producto 2: desinfectantes utilizados en lo ámbitos de la vida privada y de la salud pública y otros biocidas (PT02), así como en el Tipo de producto 5: Desinfectantes para agua potable (PT05).
De este modo, si necesitas la instalación de un equipo de desinfección con ozono, para cualquier instalación o superficie, o un estudio detallado de necesidades para tu empresa y un presupuesto sin compromiso, no dudes en contactar con nosotros.
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39600. Maliaño.
Cantabria.
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