El Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios, RIPCI (RD 513/2017), inició un paso decisivo para la regularización del Contra Incendios en nuestro país. El RIPCI establece nuevas reglas para la certificación y regularización de los productos; exigencias para las empresas instaladoras y mantenedoras, sobre todo en cuanto a su profesionalización y cualificación; normas para la inspección de las instalaciones incluso con carácter retroactivo; regularización de sistemas de protección que ya existían y hasta ahora no estaban reglamentados, la normalización de las revisiones de mantenimiento con criterios y procedimientos documentales que favorecen la profesionalidad y calidad de estos servicios y por primera vez establece las bases para la conexión y gestión remota de los sistemas.
La reglamentación avanza para fomentar la seguridad y profesionalización de este sector y para ello no sólo se ocupa de establecer las reglas para que los sistemas de protección ‘funcionen cuando se instalan o mantienen’, sino que ha evolucionado para que también se garantice que ‘los sistemas sigan siendo eficaces y adecuados en el tiempo’ para las actividades que protegen. Esta es precisamente la nueva responsabilidad que comparten tanto las propiedades y usuarios como las empresas que fabrican, instalan y mantienen estos sistemas.
En este importante objetivo de garantizar la eficacia de los sistemas, no sólo debe cuidarse que los diseños de los mismos sean adecuados a los riesgos que protegen, sino también que estos sistemas cumplan su función más importante: “minimizar los siniestros y sobre todo evitar pérdidas de vidas humanas”. No hemos de olvidar que esta responsabilidad es también de todo empresario, dado que así lo establece la legislación en materia de prevención de riesgos laborales.
Todo servicio de intervención, bomberos y fuerzas de seguridad persiguen prioritariamente reducir los tiempos de intervención, ya que este factor tiene un efecto decisivo para el control de un incendio. La forma más eficaz y segura de poder comunicarlo en establecimientos cuyo sistema de detección y alarma no se encuentra atendido las 24h, es mediante la conexión a un centro receptor que identifique con la oportuna información recibida y con personal cualificado la tipología de la alarma para su adecuada intervención.
En la actualidad, los sistemas de alarma y detección disponen generalmente de las prestaciones, la información y, en muchos casos, de una alta sensibilidad para detectar de manera eficaz un posible incendio. Sin embargo, en su mayoría no son correctamente atendidos. La razón es simple, normalmente las centrales de incendio no están atendidas por personal cualificado o sencillamente no son atendidas, y de estarlo, generalmente solo lo están en el horario de la actividad que protegen.
Las cuestiones que plantea esta situación son múltiples: ¿el riesgo de incendio se reduce al horario de la actividad o más bien afecta a las 24 horas del día? ¿Quién vela por comprobar una alarma fuera de ese horario? ¿Qué consecuencias tiene que no se actúe de forma inmediata, gestionando o comunicando esta alarma donde proceda si se produce un incendio? Sin duda, esto plantea un importante ‘embudo en la información’ que no puede aprovecharse de forma eficaz si no es gestionada por mucho que sea recibida en la central.
La solución a este ‘embudo’ es precisamente la gestión ininterrumpida, durante las 24 horas del día, de la información. En este sentido, el nuevo RIPCI introduce nuevas herramientas para esa gestión ininterrumpida, que facilitarán el control y seguimiento de las instalaciones y que regula las conexiones.
Es el caso de los servicios de gestión remota para los sistemas de detección y alarma, que, basándose en nuevas exigencias de comunicación (cumplimiento de la norma EN 54-21) y en la diferenciación remota de las señales de alarma, posibilitan una mejora crucial sobre su gestión. Dado que la información que ya generaban de forma constante puede ser completamente aprovechada, se abre una gran cantidad de posibilidades.
Si supervisamos de forma continuada una instalación podemos saber, por ejemplo, si el mantenimiento realizado es adecuado, si los equipos presentan anomalías frecuentes o incluso adelantarnos a las visitas presenciales, sabiendo de antemano los equipos que han de ser reemplazados y en su caso, si su eficacia y fiabilidad son las adecuadas. Sin duda esta información supone una mejora, una optimización en la gestión y permite garantizar el correcto estado operativo de los sistemas conectados.
En caso de detectarse una alarma, y teniendo en cuenta que las señales que se reciben en el centro receptor han de ser diferenciadas al igual que lo son en la central de incendios, tendremos de forma remota la información necesaria para tomar decisiones en el menor tiempo posible y aportar la solución más adecuada de forma inmediata: enviar a los servicios de emergencia o a un técnico de guardia, esperar al día siguiente si la alarma técnica no requiere atención inmediata, etc. Sin duda, mejoramos la eficacia de la intervención ayudando a las fuerzas de seguridad y al propio usuario en la gestión de la emergencia.
Los servicios de gestión remota mejorarán los tiempos de intervención, optimizarán su gestión y asegurarán que se realiza un correcto mantenimiento. Podrá garantizarse de forma permanente que los sistemas se encuentran en correcto estado de funcionamiento y servicio, siendo efectivos sin necesidad de que en la actividad haya personal dedicado a ello. Todo ello ayudará notablemente a prevenir los riesgos sobre las personas y los bienes, y a actuar de manera efectiva en caso de incidentes.
En definitiva, la comunicación y atención continuada de los sistemas de detección y alarma posibilita la supervisión y el control necesarios para mejorar considerablemente el rendimiento y eficacia de los mismos. Por el contrario, cuando no hay una atención local desarrollada de forma correcta, este tipo de sistemas son evidentemente desaprovechados. Y las consecuencias de una comunicación y gestión ineficaz de los sistemas son difícilmente asumibles.
www.interempresas.net
Comments