Los pequeños mataderos contarán con un año más para su implantación
El pasado 24 de agosto, entró en vigor el Real Decreto 695/2022, de 23 de agosto, por el que se establecen medidas para el control del bienestar de los animales en los mataderos mediante la instalación de sistemas de videovigilancia, salvo para los pequeños mataderos, que contarán con un año más para su implantación.
Desde el momento de su publicación en el BOE, hace un año, tanto las autoridades competentes como el sector han estado trabajando para lograr una aplicación satisfactoria de la normativa en el momento de su entrada en vigor.
A partir de hoy, los mataderos deberán contar con un sistema de videovigilancia que permitirá la realización de controles de bienestar de los animales adicionales a los que ya se efectúan en estos establecimientos. Con ello se permitirá un mejor control del cumplimiento de los requisitos que la legislación vigente recoge sobre el bienestar animal en el momento del sacrificio y las operaciones conexas.
El SVBA servirá de herramienta tanto para los operadores de los mataderos, como para las autoridades competentes que supervisan el cumplimiento de la normativa de bienestar animal. No obstante, la utilización del SVBA no exime del resto de controles que tenga que realizar el operador del matadero en materia de bienestar de los animales de acuerdo con la normativa vigente.
Con esta medida, España se constituye como pionera en la UE en la instalación obligatoria de sistemas de videovigilancia para el control del bienestar animal (SVBA) en todos los mataderos de nuestro país.
Más información sobre el Real Decreto 695/2022 en este enlace.
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