El Consejo de Ministros aprobó el pasado día 4 la nueva normativa que regulará el autoconsumo fotovoltaico en España.
Esta nueva normativa por la que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo energético, tal y como se estipuló en el Real Decreto Ley 15/2018 que eliminaba el impuesto al sol, goza de las bendiciones del Consejo de Estado, de la CNMC, y del propio sector fotovoltaico, que recibe esta normativa con gran agrado y felicidad empresarial. El petróleo de España es el Sol, y ha llegado el momento de disfrutar esa energía gratuita y no contaminante. Se garantiza de este modo el acceso de la población española a una energía asequible, segura, sostenible, económica, y limpia. Hay que sumarse a la tendencia europea de descarbonizar el sector energético en el horizonte 2050.
De entre los aspectos más destacables de la nueva normativa hemos de señalar los siguientes:
- Se regulan las instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo con excedentes de la energía sobrante a red, y sin excedentes.
- En el supuesto de las instalaciones fotovoltaicas sin excelentes a red, se facilitará mucho al pro-consumidor la temida burocracia administrativa no siendo precisos los permisos de acceso y conexión a red, ni los contratos de acceso, ni los peajes, ni los impuestos por la energía autoconsumida. Tan sólo habrán de pagar los peajes como cualquier consumidor de energía eléctrica.
- En el supuesto de las instalaciones fotovoltaicas con excedentes a red, sí será necesaria la citada burocracia administrativa excepto si la instalación fotovoltaica es inferior a 15 kW, en cuyo caso darla de alta en el Registro de Autoconsumo de ámbito comunitario será virtual y gratuito. Se puede compensar el 100% de la energía que se vierte con la que se consume, pero no se pueden cobrar los excedentes en dinero.
- Se permiten las instalaciones de autoconsumo fotovoltaico en comunidades de propietarios, empresas, instalaciones industriales e incluso en otras ubicaciones de edificaciones cercanas cuando la radiación y la orientación solar sea mejor. Pasamos así del autoconsumo individual, a uno colectivo.
En este segundo supuesto, el pro-consumidor de energía fotovoltaica compensará económicamente la energía vertida a red con la consumida. La red eléctrica actuará como un gran almacén de energía. Es decir la red eléctrica cumplirá para el proconsumidor la misma función que las baterías. Recordemos que las baterías son el componente más caro de una instalación fotovoltaica de autoconsumo, y ya no serán necesarias.
De este modo, si necesitas cualquier tipo de información complementaria o deseas saber como adaptar tu caso particular al nuevo Real Decreto, no dudes en contactar con nosotros.
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